DIAN amplía los plazos para declarar renta a contribuyentes de zonas afectadas por el terremoto
Actualización: agosto de 2026
La DIAN informó la modificación temporal de los vencimientos para determinados contribuyentes afectados por el terremoto ocurrido el 10 de agosto de 2026.
La medida fue establecida mediante el Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026.
¿A quién aplica?
El beneficio aplica únicamente a:
Personas naturales y sucesiones ilíquidas obligadas a declarar renta.
Con NIT terminado entre 01 y 26.
Que al 10 de agosto de 2026 tuvieran registrado su domicilio fiscal en municipios pertenecientes a determinadas seccionales de la DIAN ubicadas en los departamentos afectados.
La medida comprende municipios asociados a las seccionales de Cali, Quibdó, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Pereira, Armenia, Manizales y Popayán.
¿Cuál es el nuevo plazo?
Los contribuyentes que cumplan las condiciones podrán presentar y pagar su declaración de renta entre:
27 de octubre y 13 de noviembre de 2026
La fecha específica depende de los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Importante
Este beneficio no aplica automáticamente a todas las personas afectadas por el terremoto.
Deben cumplirse las condiciones establecidas en el Decreto 1226 de 2026, especialmente las relacionadas con:
Tipo de contribuyente.
NIT.
Domicilio fiscal.
Ubicación dentro de las jurisdicciones señaladas.
Los contribuyentes que no cumplan estas condiciones deben atender sus obligaciones conforme a los vencimientos ordinarios establecidos en el calendario tributario.
¿Qué recomendamos?
Si considera que puede estar cobijado por esta medida, verifique:
☐ Tipo de contribuyente
☐ Dos últimos dígitos del NIT
☐ Domicilio fiscal registrado al 10 de agosto de 2026
☐ Municipio y seccional correspondiente
☐ Obligación tributaria específica
EN CAPITAL recomienda
No asumir que un desastre natural modifica automáticamente todos los vencimientos tributarios.
Los beneficios tributarios y las modificaciones de plazos tienen condiciones específicas que deben verificarse individualmente.
Fuentes oficiales
DIAN — Comunicado de Prensa No. 105 de 2026
DIAN — Más de 300 mil contribuyentes en zona de emergencia tienen plazo adicional
Ministerio de Hacienda — Decreto 1226 de 2026